El objetivo fundamental de la norma es, por un lado realizar un seguimiento de las eventuales reclamaciones que los clientes pueden dirigir a las entidades financieras participadas por el Fondo de Restructuración Ordenada Bancaria (FROB), por razón de la comercialización de estos productos complejos, y facilitar en determinados casos mecanismos ágiles de resolución de controversias, principalmente por medio de arbitraje, y por otro lado ofrecer liquidez a las acciones que los tenedores de estos instrumentos recibirán en canje de los mismos, en la medida en que esas acciones no cotizarán en un mercado oficial, involucrando para ello al Fondo de Garantía de Depósitos.
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